+Vistos C. Prácticos
- Despido improcedente de un trabajador fijo-discontinuo, tácitamente continuo
- Prescripción para reclamación de cantidad cuando se demanda por despido y salario
- Derecho a información de delegados sindicales
- Cláusula en el contrato para e-mail y móvil personales del trabajador
- Despido improcedente de directivo pago de la indemnización por desistimiento unilateral de la empresa
- Devolución de cuotas pagadas indebidamente
- Responsabilidad de la empresa en el pago de prestaciones
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Cálculo de indemnización por despido improcedente
- Detalles
Un trabajador que esta prestando sus servicios en una empresa desde el 15 de mayo de 1998 hasta el 4 de diciembre de 2004, fecha en la que fue despedido por la empresa. Siendo esta actuación declarada improcedente.
Las percepciones del trabajador en el mes anterior al despido son las siguientes:
Salario base: 950 euros
Antigüedad: 120
Dos pagas extras: 1.070 cada una
Plus de convenio: 150,85