Una empresa contrata a un empleado para el desarrollo de su actividad, cumpliendo con todos lo requisitos formales para ello. Aunque la empresa no tiene autorización para realizar esos trabajos, y en consecuencia estos no puede realizarse, por lo que el trabajador es dado de baja de oficio en la Seguridad Social, y contrato pasa a tener la consideración de nulo.

El trabajador, ante esta situación, considera que la empresa debe abonarle una indemnización en los mismos términos que en el supuesto de despido disciplinario, por lo que reclama esta a la empresa.

 

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