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Dimisión de trabajador, posterior despido y fraude de ley
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Un trabajador presenta en su empresa de forma expresa, por escrito y con preaviso suficiente, su carta de dimisión. Esta es aceptada por la empresa. Ante la difícil situación financiera que esta pasando la empresa, por lo que al ser un directivo “prescindible” eliminar su alta retribución es un importante desahogo económico para la entidad.
Posteriormente, en fecha próxima a la del cese del trabajador, este y la empresa deciden dejar sin efecto la dimisión y continuar con la relación laboral. Aunque quince días más tarde, cinco después de la fecha prevista para el cese por dimisión, la empresa procede al despido disciplinario del trabajador alegando reiteradas faltas de asistencia injustificadas.
Ante esto, el trabajador recurre el despido llevado a cabo por la empresa, al considerarlo improcedente.