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Discriminación en el trabajo por razón de sexo
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Una empresa de servicios decide, en el manual de uniformidad del personal, que las empleadas que tengan relación con el cliente deberán vestir falda dos centímetros por encima de la rodilla y medias. Mientras que los hombres deberán llevar pantalón y calcetines.
Ante esto el sindicado decide plantar conflicto colectivo, al considerar que se da un caso de discriminación al no permitir a las mujeres que opten entre pantalón o falda, al obligarlas a llevar falda. Pidiendo que esta normal del manual sea dictada nula