Un trabajador, que desarrolla su actividad fuera a las instalaciones de la empresa, es sancionado por ésta en base al vídeo facilitado por el cliente para el que presta servicios, en el que aparece durmiendo en varias ocasiones.

El trabajador recurre contra la sanción, ya que considera que al basarse en una grabación de video no es válida, ya que con ella se está vulnerando su derecho a la intimidad.

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