Una empresa es sancionada, con una multa de 187.000 euros, por haber incurrido en una cesión ilegal de trabajadores al estar empleando a trabajadores de una empresa de trabajo temporal para actividades que la Administración no considera adecuadas para ese tipo de trabajadores.

La empresa considera que los trabajadores están realizando actividades de tipo temporal y en consecuencia la sanción aplicada no es correcta, ya que se trata de una ETT autorizada, por lo que solicita que ésta sea dejada sin efecto, o en todo caso, que se le aplique con un importe inferior para el supuesto de que haya incurrido en alguna irregularidad, pero no en la cesión ilegal que se señala para aplicar la sanción.

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