Prevención de riesgos

Una trabajadora, que realiza su actividad en régimen de turnos y trabajo nocturno, presenta solicitud de riesgo durante la lactancia natural a su empresa, ya que por las condiciones del nacimiento la prescripción médica ha sido alimentación por lactancia natural, pero aquella se lo deniega al considerar que su trabajo no conlleva ningún riego para el hijo ni para la madre durante el periodo de lactancia.

La trabajadora recurre la decisión de la empresa y la sentencia resultante señala que la madre no ha probado la existencia de ningún tipo de riesgo en su trabajo durante la lactancia, por lo que no procede el reconocimiento de esta prestación.

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