+Vistos C. Prácticos
- Despido improcedente de un trabajador fijo-discontinuo, tácitamente continuo
- Prescripción para reclamación de cantidad cuando se demanda por despido y salario
- Derecho a información de delegados sindicales
- Cláusula en el contrato para e-mail y móvil personales del trabajador
- Despido improcedente de directivo pago de la indemnización por desistimiento unilateral de la empresa
- Devolución de cuotas pagadas indebidamente
- Responsabilidad de la empresa en el pago de prestaciones
Para acceder a estos contenidos, pulse aquí (si no es usuario plus).
Seguridad Social en Casos Prácticos
- Detalles
Un trabajador autónomo estando alta y al corriente en sus cotizaciones, sufre una dolencia que le lleva a situación de incapacidad temporal. Posteriormente se da de baja en la actividad y en el RETA, pasando a suscribir el Convenio Especial.
Estando en esta situación, y no habiendo transcurrido aún seis meses desde la fecha de alta del anterior periodo, vuelve a padecer la misma dolencia, pasando de nuevo a baja médica. Solicitando a la Seguridad Social el pago directo del subsidio de incapacidad temporal, que le es denegado al considerar que no se encontraba en alta o asimilada.
- Detalles
Una trabajadora incluida en el Régimen Especial de Empleados de Hogar, causa baja por enfermedad común el día 8 de julio, permaneciendo en esta situación hasta el 4 de octubre del mismo año. La trabajadora esta contratada de forma indefinida y su base de cotización asciende a 572,70euros.
- Detalles
Un trabajador autónomo causa baja por enfermedad común con fecha 14 de febrero, situación en la que permanece hasta el 18 de abril. En encuentra en alta desde hace doce años, y al corriente en el pago de cuotas. Siendo su base de cotización de 980 euros mensuales.
- Detalles
Una trabajadora inicia su descanso por maternidad el 17 de julio, comenzando la Seguridad Social el pago de la prestación el 12 de octubre y finalizándolo el 5 de noviembre. Lo que supone un total de 112 días desde el inicio del descanso. Ante esto la trabajadora recure la decisión del INSS, ya que los días efectivamente pagados de prestación no los considera correctos, pues considera que debe pagársele la prestación integra y no desde el momento de la solicitud del reconocimiento.
- Detalles
Una trabajadora da a luz a dos hijos, muriendo los dos el mismo día del nacimiento. Solicitando esta la prestación por maternidad por los dos hijos nacidos. Oponiéndose a ello la Seguridad Social, por considerar que al haber muerto lo hijos no es necesario descanso.
- Detalles
Un beneficiario de la Seguridad Social, es atendido de una dolencia grave en los hospitales del Sistema Nacional de Salud. Tras varios tratamientos, sin que tuviera mejoría, si no todo lo contrario estancación de la dolencia o empeoramiento, situación en la que esta durante más de cinco meses, decide acudir a santidad privada para un nuevo trabamiento y diagnostico.
De esto se desprende que el diagnostico público había sido equivocado, y el tratamiento erróneo, por lo que prosigue con su recuperación en esta entidad privada, pasando después a solicitar el reembolso de los gastos acusados, a la Seguridad Social.
- Detalles
Un trabajador es contratado como auxiliar administrativo, comenzando a prestar sus servicios el 1 de abril, con una retribución mensual de 748,12 euros, y con derecho a dos pagas extras de la misma cantidad.
El 7 de abril sufre un accidente no laboral por el que pasa a estar en baja hasta el día 28 del mismo mes.
- Detalles
En una cooperativa de trabajo asociado, uno de los socios trabajadores, incluido en el Régimen General, sufre un accidente de trabajo, por lo que se le aplica a la cooperativa un recargo de prestación.
Esta se opone alegando que se trata de un socio trabajador y no de un empleado por cuenta ajena, y que en consecuencia el recargo no debe aplicarse.
- Detalles
Un trabajador en situación de incapacidad temporal es propuesto para calificación en situación de incapacidad permanente con fecha 31 de diciembre de 2003, por lo que la empresa con esta misma fecha le da de baja, finalizando también esta su relación con la Mutua X, e iniciando un nuevo aseguramiento con la Mutua Y desde el 1 de enero de 2004.
Cuando el trabajador reclama el cobre de la prestación por IT a la Mutua Y, esta le comunica que la responsable es la Mutua X, quien aseguro el riesgo en el momento de producirse, y esta última le indica que la responsable es la nueva entidad.
- Detalles
Una trabajadora embarazada es despedida, alegando la empresa las faltas de asistencia al trabajo como consecuencia del parto, ya que según la empresa la trabajadora no comunico a la empresa causa alguna que justificara sus ausencias.
La empresa al considerar que el despido es improcedente, procede a abonar a la trabajadora en el finiquito la correspondiente indemnización por esta causa.
- Detalles
Una trabajadora embarazada, en alta desde el 21 de julio de 2000, y con fecha de inicio del descanso por maternidad el 3 de marzo de 2004. Lo que le supone un total 1.321 días cotizados.
La fecha prevista para el parto es 12 de abril de 2004, siendo finalmente el parto el 11 de abril de 2004. Teniendo dos niñas y un niño.
El marido esta de alta en Seguridad Social desde el 24 de abril de 1990. Y disfrutará de las últimas 4 semanas.
Las bases reguladoras son por parte de la madre 1.418,21 euros mensuales, y por parte del padre es de 913,43 euros mensuales en retribución diaria.