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Relaciones Colectivas en Casos Prácticos
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- Escrito por: Ayuda Laboral
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En una empresa se celebran unas elecciones sindicales en el centro de trabajo principal, pero no así en el resto de centros de trabajo de la misma provincia, al ser todos ellos de menos 6 trabajadores. Por lo que uno de los sindicatos participante reclama contra las elecciones solicitando que se puedan agrupar esos centros con poco empleados y volverlas a realizar.
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La medida es adoptada por la empresa de forma unilateral, sin consultar con los representantes de los trabajadores y sin iniciar un proceso de modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Aunque debido a que a la mayor parte de la plantilla el nuevo emplazamiento les queda más cerca de sus domicilios y con mejores comunicaciones, y a los que no, la empresa les ha aplicado una subida salarial para compensar los desplazamientos que se van a ver obligados a realizar, por lo que no hay protestas por parte del personal.
Ante esta situación, al considerar que se ha incumplido el procedimiento correspondiente, y considerar que un traslado de toda la plantilla es una movilidad funcional, el Comité de Empresa reclama a la empresa por conflicto colectivo, de forma que judicialmente se determine si es correcta de decisión unilateral de la empresa, o es preciso que se realice este con el procedimiento previsto para ello, y en con secuencia, al faltar este trámite, sea no aplicable.
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Una empresa que tiene una contrata de limpiezas en una tercera empresa cesa en la misma, pasando una nueva empresa de hacerse cargo de este servicio, pero en lugar de continuar la prestación del mismo con los trabajadores que ya lo realizaban de en la empresa saliente, opta por ocupar en ello a sus propios empleados, al considerar que al estar reconocida como Centro especial de empleo no le es de aplicación el convenio de empresas de limpieza.
En consecuencia los trabajadores que realizaban las labores de limpieza con la empresa saliente, proceden a demandar por despido improcedente, al considera que se ha incumplido la obligación de permanencia de los trabajadores en caso de nueva contrata de limpieza.
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Una empresa y los representantes de sus trabajadores inician las negociaciones para el desarrollo del calendario laboral anual, pero en el transcurso de las mismas no se consigue llegar a un acuerdo, y como el tiempo de negoción no puede ser infinito, la empresa desarrolla el calendario de forma unilateral y lo comunica a los trabajadores y a sus representantes. Pero estos últimos no consideran correcta la actuación de la empresa reclama solicitando la nulidad del calendario.
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La empresa alega que no está vulnerado la libertad sindical, sino cumpliendo con la normativa de Protección de Datos de Carácter Personal, y para no violar la intimidad de los trabajadores no le puede facilitar el dato exacto el salario, salvo que medie autorización expresa del trabajador para ello.
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Una empresa necesita, dada su difícil situación económica, realizar un descuente salarial del convenio colectivo que le es de aplicación, por lo que informa de ello a los representantes legales de los trabajadores y se realiza el correspondiente periodo de consultas, saliendo aprobado el descuelgue por el voto a favor de parte de los representantes de los trabajadores. Mientras que la parte que no voto a favor reclama, iniciando un proceso de conflicto colectivo, contra ese acuerdo de descuelgue solicitando que se el mismo se declare nulo.
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Un sindicato solicita a una empresa, para poner celebrar elecciones sindicales, que ésta le facilite el centro de trabajadores de todos sus centros de trabajo, así como que proceda a la constituir la mesa electoral.
La empresa se niega constituir la mesa electoral, y solo facilitar el censo de un centro de trabajo, pues considera que los demás no llegan al número mínimo de trabajadores exigible para la celebración de elecciones. Actuaciones que la empresa puso en conocimiento de la Oficina Pública de Elecciones.
El sindicato considera que la empresa debe agrupar todos los centros de trabajo que no tienen suficientes trabajadores de forma independiente, como si todos esos centros de trabajo fueran uno solo, de forma que se puedan celebrar las elecciones.
La empresa niega a esta última propuesta sindical, con lo que sindicato considera que se está vulnerando la libertad sindical y reclama contra la empresa.
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A esto la empresa se opone, pues considera que debe pagarlas por su valor normal no como extras, pues los miembros de la mesa electoral no están realizando su prestación laboral.
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Una empresa considera que, al ser las retribuciones es que paga a sus empleados más beneficiosas que las que se indican en el convenio, puede aplicar la absorción y compensación sobre el plus de asistencia y puntualidad, reduciendo su importe.
A esta medida se oponen los trabajadores al considerar por su parte, que la absorción y compensación no pueden operar sobre el plus de asistencia y puntualidad, ya que éste no es un concepto homogéneo al salario base.
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Una empresa considera que como consecuencia de las circunstancias del mercado debe abrir sus instalaciones el público más días al mes, con lo que procede a plantear un cambio en la jornada, los turnos fijos y rotativos, horarios y días libres que venían disfrutando sus trabajadores.
Para ello se convoca el correspondiente periodo de consultas con los representares legales de los trabajadores, que finaliza sin acuerdo, y la empresa procede a la aplicación de su propuesta de forma unilateral. Con lo que la parte social recurre la media solicitando la nulidad de la misma.
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Una empresa dedicada a la hostelería tiene para sus trabajadores unos precios especiales, inferiores a los generales para el público, en los servicios de cafeterías y menús, pero decide eliminar estos descuentos y que sus empleados tengan que abonar los mismos precios que el resto de los clientes de esos servicios.
Alega para ello que es una práctica antigua, que solo se aplica en los primeros centros de trabajo que abrió al público, pero que en los más recientes ya esta erradica. Los trabajadores se oponen a esta medida, aunque sin pretender que se amplíe el resto de centros de trabajo en la que no es aplicable, y plantean un proceso de conflicto colectivo.