En una empresa es necesario aplicar una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, en concreto sobre las retribuciones. En ella no hay representantes legales de los trabajadores, por lo que estos en asamblea eligen a una representación para realizar el periodo de consultas con la empresa. Finalizado éste se llega a un acuerdo, que la empresa comunicada directamente a todos los trabajadores afectados, y publica también el acuerdo alcanzado el tablón de anuncios de la empresa, con el título de “Pacto Extraestatutario”.
Un trabajador afectado por esa modificación sustancial demanda a la empresa, al no estar conforme con la modificación aplicada, y al no haber participado en la asamblea de elección de los representantes, considera que los acordado en ese “pacto extra-estatutario” no le puede ser de aplicación.
Mientras que la empresa se opone a esta reclamación, al considerar que el pacto se negoció de forma correcta y debe ser de aplicación para todos los trabajadores por igual.