Trabajo en Casos Prácticos

Modificación sustancial por pacto extraestatutario sin representantes de los trabajadores

En una empresa es necesario aplicar una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, en concreto sobre las retribuciones. En ella no hay representantes legales de los trabajadores, por lo que estos en asamblea eligen a una representación para realizar el periodo de consultas con la empresa. Finalizado éste se llega a un acuerdo, que la empresa comunicada directamente a todos los trabajadores afectados, y publica también el acuerdo alcanzado el tablón de anuncios de la empresa, con el título de “Pacto Extraestatutario”.

Un trabajador afectado por esa modificación sustancial demanda a la empresa, al no estar conforme con la modificación aplicada, y al no haber participado en la asamblea de elección de los representantes, considera que los acordado en ese “pacto extra-estatutario” no le puede ser de aplicación.

Mientras que la empresa se opone a esta reclamación, al considerar que el pacto se negoció de forma correcta y debe ser de aplicación para todos los trabajadores por igual.

Retribución en especie excluida del cálculo de la indemnización por despido

Un trabajador, con poderes para actuar en nombre de la mercantil, demanda a su empresa por despido, y para el cálculo de la indemnización correspondiente se tienen en cuenta las retribuciones en metálico que mensualmente percibía el trabajador, así como la cuota mensual correspondiente al “renting” de un vehículo de empresa del que venía disfrutando el trabajador, en concepto de retribución en especie.

La empresa se opone a esta forma de calcular el importe de la indemnización, pues considera que no debe tenerse en cuenta para ello la parte correspondiente al vehículo, aunque pueda considerarse que se trata de una retribución en especie, con lo que el total a pagar al trabajador es considerablemente inferior.

Validez de una grabación de vídeo como prueba para suspensión de empleo y sueldo

Un trabajador, que desarrolla su actividad fuera a las instalaciones de la empresa, es sancionado por ésta en base al vídeo facilitado por el cliente para el que presta servicios, en el que aparece durmiendo en varias ocasiones.

El trabajador recurre contra la sanción, ya que considera que al basarse en una grabación de video no es válida, ya que con ella se está vulnerando su derecho a la intimidad.

Validez del periodo de prueba en varios contratos temporales sucesivos

Un trabajador que ha celebrado varios contratos sucesivos con la misma empresa, y para el mismo puesto de trabajo, y con las mismas funciones, es despido alegado que no supera el periodo de prueba. El trabajador considera que se trata de un despido improcedente y reclama contra la empresa.

Reembolso por el trabajador de las multas de tráfico pagadas por la empresa

Una empresa reclama a uno de sus trabajadores, transportista, el pago de las multas de tráfico que la guardia civil le puesto mientras conducía uno de los camiones de la empresa, y que ésta hizo efectivos al ser la titular del vehículo con el que circulaba el trabajador. Aunque éste se opone al reembolsar estas cantidades a la empresa, pues considera que no le corresponde a él el pago de las mismas.

Carta de despido con fecha de efectos implícita en su redacción

Una empresa, tras una conducta inadecuada de uno de los trabajadores, procede a su despido disciplinario, para lo que le entrega la carta correspondiente con la exposición de hechos y su consecuencia. Ante este el trabajador demanda a la empresa alegando que no conoce la fecha en la que el despido se hará efectivo, mientras que esta considera que la efectividad del mismo es muy precisa, ya que se desprende el contenido mismo de la carta.

Permiso retribuido para examinarse el permiso de conducir

Un trabajador solicita a su empresa un permiso retribuido para asistir al examen de obtención del permiso de conducir, a lo que la empresa le responde que al no estar incluido este tipo de examen entre los previstos en el convenio colectivo no tiene derecho a la retribución del mismo. Por lo que el trabajador reclama esta decisión al considerar que se esta vulnerando su derecho a la formación y promoción profesional.

Cálculo de plantilla media anual

Una empresa tiene, al iniciar el año tiene una plantilla de 12 trabajadores, y durante el periodo de cálculo esta tiene las siguientes variaciones:

  1. El 30 de abril de XXXX han finalizado dos contratos temporales. Uno de los trabajadores es contratado de forma indefinida.
  2. El 1 de junio se contrata un trabajador nuevo.
  3. El 31 de agosto se contrata un trabajador nuevo a media jornada. Contará como medio trabajador.
  4. El 1 de noviembre de XXXX se contratan dos nuevos trabajadores.
  5. El 28 de febrero de XXXX+1 se jubila un trabajador.
  6. El 1 de julio de XXXX+1 se contratan dos nuevos trabajadores.
  7. El 31 de agosto de XXXX+1 se despide a dos trabajadores
  8. El 1 de noviembre de XXXX+1 se contrata a un nuevo trabajador a jornada completa

 

Descuento en nómina de los daños causados al equipo de trabajo

Una empresa descuenta de la nómina a uno de sus trabajador el importe de los daños que este ha causado en el equipo de trabajo que le ha facilitado la empresa, tal como viene siendo habitual cuando un trabajador rompe, pierde o deteriora el material de trabajo en circunstancias ajenas al propio de desempeño de su actividad.

Ante esto el trabajador reclama la devolución de lo descontado, considerado que del importe de la nómina no se puede descontar nada que no esté previsto normativamente, como son los descuentos por cotizaciones a la Seguridad Social, los anticipos o prestamos realizados por la empresa, o las retenciones por IRPF, o llegado el caso dispuesto por una resolución judicial. Pero no así los daños causados en el equipo de trabajo.

Despido improcedente por transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza

Un trabajador es despedido por su empresa cuando ésta descubre, tras unas actuaciones policiales, que está vendiendo, en beneficio propio, sin su conocimiento material de desecho que debería ser reciclado. Valiéndose para ello de sus instalaciones, del vehículo destinado a su actividad laboral y con el uniforme que emplea en el desarrollo de la misma. Por lo que la empresa, en base a los hechos del atestado policial, despide al trabajador de forma disciplinaria por transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza.

El trabajador no confirme con el despido demanda por despido improcedente, al considerar que los hechos alegados por la empresa no son suficientes como para se puede considerar que den lugar a un despido disciplinario.

Indemnización por repatriación de trabajador en el extranjero

Un trabajador es expatriado por su empresa para trabajar en una delegación en el extranjero. Para ello se formaliza un pacto específico que regula las condiciones del trabajador mientras está trasladado y también sus condiciones de retorno para su reincorporación a la empresa en su sede local. Entre las que se acuerda una indemnización por repatriación en el caso de incumplir al plazo de preaviso pactado.

Antes de finalizar el periodo de tiempo pactado en el extranjero, el trabajador es despedido, y la empresa le abona la indemnización por despido improcedente pero no así la pactada por falta de preaviso en la repatricación. Pues la empresa considera que al haber sido despedido ésta no le corresponde, pero el trabajador entiende que el despido conlleva su retorno y que por lo tanto sí debe cobrarla.