+Vistos C. Prácticos
- Despido improcedente de un trabajador fijo-discontinuo, tácitamente continuo
- Prescripción para reclamación de cantidad cuando se demanda por despido y salario
- Derecho a información de delegados sindicales
- Cláusula en el contrato para e-mail y móvil personales del trabajador
- Trabajador con duración de jornada excedida por subrogación de contratas
- Despido improcedente de directivo pago de la indemnización por desistimiento unilateral de la empresa
- Devolución de cuotas pagadas indebidamente
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Trabajo en Casos Prácticos
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Una empresa de transportes pretende compensar las cantidades a abonar por la realización de horas de presencia, con aquellas otras retribuciones correspondientes a las horas de trabajo efectivo, en el supuesto de que el trabajador no llegue a cubrir la jornada de trabajo efectivo establecida en el Convenio Colectivo de aplicación, y con el límite de las horas de trabajo efectivo no realizadas, por lo que, solo quiere abonar las horas de presencia que excedieran de la jornada ordinaria de trabajo una vez realizada esta compensación.
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Una empresa procede al despido de una trabajadora embarazada sin alegar causa disciplinaria justificada. Ante esta situación, la trabajadora reclama la consideración de despido nulo, a lo que se opone la empresa el entender que se deber considerar su improcedencia pero no la nulidad.
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Una empresa que ha llegado a un acuerdo de prejubilación con varios de sus trabajadores, tiempo después tiene conocimiento de que uno de los trabajadores en esta situación realizó durante su periodo en activo una serie de actividades que habrían sido causa de despido disciplinario. Por lo que, aun estando el trabajador en esta situación, procede a su cese. A lo que el trabajo reclama aludiendo que no es posible el despido de alguien que ya esta jubilado y no trabaja en la empresa.
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Una empresa, en el desarrollo de su actividad, comunica a sus trabajadores el trabajado de los mismos por diversas causas:
En primer lugar va a cambiar las instalaciones a un nuevo local, porque en el que están en la actualidad se ha quedado pequeño y anticuando. El nuevo se encuentra en la misma localidad que el actual.
Además, por volumen de trabajo, al haber realizado contrataciones en otra provincia, varios trabajadores de la plantilla se tendrán que desplazar a una localiza de una provincia próxima, durante los próximos siete meses.
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Un trabajador, al no llegar a un acuerdo con su empresa para fijar la fecha de sus vacaciones, decide el mismo cuando serán estas, comunicándolo a la empresa, sin que esta acepte el periodo señalado. Llegada la fecha prevista por el trabajador, este deja de asistir al trabajo, a lo que la empresa responde despidiéndole.
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Una trabajadora solicita un permiso de lactancia de de 10 a 11 de la mañana, para atender a un niño que ha adoptado y que, por su edad, aun requiere de estas atenciones.
La empresa se siega a conceder el permiso, y no le descuenta de la nomina la hora que la trabajadora a empleado para este fin. Alegando que este es únicamente para los hijos no adoptados y que requieran tomar el pecho, ya que la lactancia artificial puede darla cualquier otra persona.
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Un trabajador es contratado por una empresa de forma temporal, situación que se extiende al amparo de varios contratos de este tipo, de forma continuada, hasta que se decide su contratación de forma indefinida.
Llegado este momento, la empresa le reconoce una antigüedad desde la celebración del último contrato temporal realizado. No estando el trabajador de acuerdo con ello, ya que considera que esta deber ser desde la celebración el primer contrato temporal.
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Una empresa que tiene actividad de temporada, en la que no hay una fecha concreta de inicio y fin de esta. Al inicio de una campaña contrata a un trabajador como conductor de camión para todos los meses que dura la campaña cada año.
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En la una empresa la jornada de trabajo es continua desde las siete de la mañana hasta las tres de la tarde. Ante esta situación los trabajadores, todos mayores de dieciocho años, solicitan a la Dirección un descanso de quince minutos para el bocadillo. La empresa accede a esta petición, pero añade estos minutos a la jornada pasa a concluir a las tres y cuarto de la tarde
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Un trabajador, empleado de una empresa química, percibe durante el año en que fue contratado las siguientes cantidades en concepto de salario:
Salario base: 10.116 euros/año
Dos pagas extraordinarias: 1.686 euros/año
Plus de peligrosidad: 1.819 euros/año
A lo que se añade una cantidad adicional pactada con la empresa, a modo de gratificación voluntaria, que no ha sido vincula a ningún tipo de condición laboral, ni de cantidad, ni calidad de trabajo. Pro la que percibe 3.157 euros/año.
Al año siguiente, una vez actualizadas las tablas salariales en el correspondiente convenio colectivo. Las cantidades a cobrar por el trabajador son las siguientes:
Salario base: 10.680 euros/año
Dos pagas extraordinarias: 1.780 euros/año
Plus de peligrosidad: 2.072 euros/año
Ante esta subida salarial, la empresa pretende que este incremento sea absorbido íntegramente por la paga voluntaria que recibe el trabajador.
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En una empresa, parte de la plantilla convoca y secunda una huelga en reivindicación de mejoras laborales. Ante esta situación, la empresa, con el fin de que su actividad se vea lo menos afectada posible por la huelga. Aplicando su “poder de dirección” y la movilidad funcional de los trabajadores, destina a los no declarados en huelga, incluido el personal de categorías superiores, a hacer las tareas de los huelguistas.
Ante esta situación los trabajadores reclaman por entender vulnerado su derecho a la huelga, y la empresa alega que no esta reafianzando ninguna actividad contraria al ordenamiento jurídico, ya que los trabajadores son de la propia empresa.