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+Vistos C. Prácticos
- Despido improcedente de un trabajador fijo-discontinuo, tácitamente continuo
- Prescripción para reclamación de cantidad cuando se demanda por despido y salario
- Derecho a información de delegados sindicales
- Cláusula en el contrato para e-mail y móvil personales del trabajador
- Trabajador con duración de jornada excedida por subrogación de contratas
- Despido improcedente de directivo pago de la indemnización por desistimiento unilateral de la empresa
- Devolución de cuotas pagadas indebidamente
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- Detalles
En una empresa hay trabajadores que perciben un plus de peligrosidad, toxicidad y penosidad, y otro que realizando tareas de similar riesgo o penosidad no lo reciben. En consecuencia estos últimos reclaman su cobro.
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Un trabajador que esta prestando sus servicios en una empresa desde el 15 de mayo de 1998 hasta el 4 de diciembre de 2004, fecha en la que fue despedido por la empresa. Siendo esta actuación declarada improcedente.
Las percepciones del trabajador en el mes anterior al despido son las siguientes:
Salario base: 950 euros
Antigüedad: 120
Dos pagas extras: 1.070 cada una
Plus de convenio: 150,85
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Un trabajador contratado el 1 de enero, cesa en su trabajo por finalización de la obra encomendad, pues esta esa su modalidad de contrato, el 14 de noviembre.
Las percepciones del trabajador son las siguientes:
Salario base: 950 euros
Antigüedad: 120
Dos pagas extras: 1.070 cada una
Plus de convenio: 150,85
Además de sus 30 días de vacaciones anuales, ya ha disfrutado 15 días.
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Una empresa pasa una seria crisis económica que le lleva a cese de la actividad, por lo que procede a comunicar a sus trabajadores que este hecho, y la relación que mantiene con ello se dará por finalizada mediante despido por causas objetivas.
Para ello procede a enviar una carta que los empleados reciben el día 13 del mes, indicándoles el cese de la actividad el día 31 del mismo mes. Y posteriormente, el día 31 del mes, en que finaliza la actividad, mediante telegrama, se les informa que desde el día siguiente, podrán recoger en la oficinal de la asesoría de la empresa la indemnización, y demás cantidades pendientes de cobro. Los trabajadores no conformes con la actuación formal de la empresa, reclaman la nulidad del despido.
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Una empresa pasa por dificultades económicas, con perdidas durante varios años consecutivos, por lo que, entre otras medidas, disminución de los gastos en formación, viajes, promoción, contratación de proveedores más baratos y mayor plazo para el pago a estos, despido del equipo directivo, etc. Para tratar de conseguir que esta sea viable, debe proceder al despido de uno de sus trabajadores, acogiéndose a la modalidad de extinción por causas objetivas. Ya que considera que este puesto de trabajo, secretaria de dirección, sus funciones, pueden ser asumidas por parte del personal ya existente en tareas similares.
La trabajadora considera que, dentro del volumen total de perdidas y gastos de la empresa, la amortización de su puesto de trabajo no va a influir en una mayor o menor posibilidad de continuidad de la empresa, ya que su salario y coste en Seguridad Social, no es representativo dentro del total, como para variar el futuro de la empresa.
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En una empresa con trabajo a turnos: de lunes a viernes, en horario de 8,00 horas a 15,00 horas a 22,00 horas. En estos turnos de mañana y tarde los trabajadores rotaban regularmente. En el caso de los sábados, domingos y festivos, el servicio es cubierto por una cuadrilla en turno de mañana y tarde. Por último, mediante el procedimiento de "adscripción voluntaria", existe un sistema de guardias de lunes a domingo, en horario de 22,00 horas a 8,00 horas. Tal como figura en el convenio colectivo de aplicación.
La empresa toma la decisión de cambiar este sistema de trabajo, por lo que comienza, con los representantes legales de los trabajadores, el correspondiente proceso de consultas y negociación sobre esta materia, que termina sin que se alcance ningún acuerdo. Por lo que la empresa aplica de forma unilateral los cambios propuestos consistentes en:
Un nuevo sistema de guardias que consiste en permanecer localizable y disponible, durante toda la semana, atendiendo los trabajos que surgieran durante esta, y que sean inaplazables e imprescindibles para el normal funcionamiento del servicio que presta la empresa. Quedando la disponibilidad como sigue: lunes, martes, miércoles, jueves y viernes de 22,00 a 8,00 horas. Sábados y domingos 24 horas. Durante los meses de julio y agosto y semanas con jornada reducida, la disponibilidad comenzará cuando termine el turno de tarde. Se pagara un complemento especifico por disponibilidad y la cuadrilla disponible durante esa semana no tendrá que trabajar ni de mañana ni de tarde.
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Una empresa que pasar por serias dificultades económicas, que incluyen el embargo de parte de sus bienes, desarrolla un plan de viabilidad para solucionar su delicado estado económico. En este se incluyen entre otras medidas, el cierre de centros de trabajo, la reducción de gastos, y el despido objetivo por causas económicas, productivas y organizativas, de parte de sus empleados, entre ellos el gerente, por considerar que entre el personal administrativo era el que tenía el sueldo más elevado. Este no conforme con esta decisión recurre su despido al considerarlo improcedente.
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Una empresa, con centros de trabajo en varias provincias, precisa trasladar a 15 de sus trabajadores sobre un plantilla de 80, del centro del trabajo en que prestan sus servicios a otro situado en una provincia diferente, debido a unas modificaciones técnicas que precisa realizar en el ciclo producto de ese otro centro. Los empleados se niegan a aceptar el traslado.
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Un trabajador va ha ser desplazado por su empresa de un centro de trabajo, en el que ya se encuentra desplazado prestando servicios, a otro centro de trabajo por un periodo de cinco meses. A lo que el primero se opone, al considerar que este traslado no es correcto, pues ya lleva un total diez meses de desplazamientos en los últimos dos años.
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Un trabador realiza durante dos meses unas tareas de categoría superior a la que tiene reconocida en su contrato, y en consecuencia cobra su salario en función de la categoría superior, y tiene reconocidas dos pagas extraordinarias de pago semestral. Planteándose la empresa, a la hora del pago de esta última, en función de que salario ha de realizar su cálculo.
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Un trabajador recibe de su empresa la orden de traslado obligatorio de centro de trabajo, debido al cierre del centro en que en ese momento presta sus servicios. Esto es considerado por el trabajador como un despido en cubierto, por lo que reclama por esta motivo al considerarlo improcedente.