¿Cuál es la diferencia entre un conflicto individual, plural y colectivo?
La diferencia entre un conflicto individual o plural y un conflicto colectivo no viene determinada por la cantidad de trabajadores que puedan verse afectados por el problema en cuestión. Si no que la determinación de uno u otro tipo de conflicto viene dada por las características y alcance del problema a resolver, así:

  • Conflicto individual: cuando el problema a resolver afecta de una forma personal e individual a un trabajador.

  • Conflicto plural: es el mismo tipo de supuesto que el individual, pero afectando a varios trabajadores al mismo tiempo, en sus problemáticas individuales.

  • Conflicto colectivo: cuando lo que se ve afectado, por el problema planteado, es el interés general de un grupo genérico de trabajadores, tal como se define en el art. 153.1 Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

Es decir, si para dar solución a la cuestión problemática de deben tener en cuenta las circunstancias personales de cada uno de los afectados, entonces se está ante un conflicto individual o plural, que debe plantearse como un proceso ordinario o en la modalidad concreta que le corresponda; mientras que si a la problemática se le puede dar solución de forma abstracta, para el conjunto de todos los trabajadores afectados, sin tener que atender a las circunstancias personales de cada uno de ellos, entonces se trata de un conflicto colectivo, y debe resolverse por esta vía específicamente.