El presidente del Comité de empresa, así como el secretario de este mismo órgano, vienen establecidos por el artículo 66.2 Real Decreto Legislativo 2/2015, del Estatuto de los Trabajadores, aunque no se adentra en el detalle de sus funciones, ya que indica que el comité deberá elaborar su propio reglamento de funcionamiento. Por lo que de modo general, a expensas de los detalles de cada caso específico, al presidente, como máximo responsable de este órgano de representación de los trabajadores, le suelen corresponder las siguientes funciones:
- Presidir las reuniones del Comité: Debe dirige estas reuniones, garantizando su normal desarrollo para la toma de las decisiones relevantes que las motivan.
- Moderar debates: Hace las veces de moderador en los debates que tengan lugar durante las reuniones del Comité.
- Representación oficial: Ostenta la función de representar al Comité ante la empresa, la Administración pública, los empleados, los sindicatos y cualquier otra situación en la que deba estar representado el Comité de empresa.
- Supervisión de tareas: Es el encargado de supervisar las tareas que sean asignadas a los distintos miembros del comité, para que estas se vean cumplidas en tiempo y forma.
- Firma de actas: Todas las actas consecuencia de la actividad del Comité deben ser firmadas por el presidente.
- Presentar propuestas al Comité para su votación: Estas propuestas pueden ser a iniciativa propia, sugeridas por la empresa, los trabajadores o los sindicatos.
- Representación legal: Actúa como representante legal del comité de empresa ante cualquier circunstancia que lo haga necesario.
- Vigilancia del cumplimiento de las normas: Es el máximo responsable, por parte del Comité, de velar por el cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y de empleo.
- Colaboración con la dirección de la empresa: Debe colaborar con la dirección de la empresa para aplicar de forma eficiente las medidas previstas en el convenio colectivo de aplicación en la empresa para el adecuado desarrollo de las relaciones laborales.
- Informar a los empleados: Les debe informar sobre los temas y asuntos que tengan incidencia en las relaciones laborales.
En todas estas funciones y tareas el presidente será asistido por el secretario del Comité de empresa.
