Boletín Laboral
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+Vistos Trabajo
- El despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas
- Jornada laboral nocturna – Trabajo nocturno
- Suspensión de empleo y sueldo del trabajador por sanción disciplinaria
- Las horas extraordinarias obligatorias por fuerza mayor
- Las sanciones disciplinarias en el sector de la hostelería
- La promoción del trabajador y formación profesional en el trabajo
- Pactos nulos entre trabajador y empresa en el marco de la relación laboral
La empresa debe tener un mínimo de 250 trabajadores para que pueda haberlos
La figura del delegado sindical tiene su origen en la Ley Orgánica 11/1985 de Libertad Sindical, en su artículo 10, y volviendo a aparecer después en los artículos 55 y 56 del Estatuto de los Trabajadores. Siendo su finalidad la de representación a los trabajadores de las distintas secciones sindicales en las que son elegidos.
Las fiestas laborales nacionales y por comunidades autónomas
El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en la Resolución de 9 de octubre de 2017, de la Dirección General de Empleo, ha fijado el calendario laboral para el año 2018, indicando 3 tipos de festivos:
El FOGASA se subroga en los derechos y acciones económicas de los trabajadores
El Fondo de Garantía Salarial tiene como finalidad el pago a los trabajadores del importe de su salario pendiente de pago cuando al empresa para la que trabajan sea declarada insolvente o se encuentre en concurso de acreedores. En funcionamiento básico de este organismo viene recogido en el artículo 33 del Real Decreto Legislativo 2/2015, del Estatuto de los Trabajadores, siendo sus principales peculiaridades las siguientes:
La modalidad de contrato para trabajo en común
Se trata de una modalidad de contrato, de forma de contratar trabajadores, y no de un tipo de contrato, cuyas peculiaridades vienen detalladas en el artículo 10 Real Decreto Legislativo 2/2015, del Estatuto de los Trabajadores, y son las siguientes:
Cuando sea necesaria la protección del patrimonio de la empresa o de sus empleados
La inviolabilidad del trabajador durante los registros de los que pueda ser objeto durante el desarrollo de su actividad laboral, viene recogida en el artículo 18 Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, del Estatuto de los Trabajadores, donde se detalla el procedimiento para poderlo llevar a efecto, señalándose para ello los siguiente requisitos:
Los incumplimientos en la comunicación conllevan una sanción de entre 60 y 6.250 euros
La apertura de un centro de trabajo, o la continuación de la actividad tras un periodo de reformas, debe ser comunicada a la Autoridad Laboral en los términos señalados en el artículo 6.1 Real Decreto-ley 1/1986, y en la Orden TIN/1071/2010, de 27 de abril, que lo desarrolla. Esta comunicación debe realizarla el empresario, indistintamente de la actividad que vaya a realizar.
Modalidad de flexibilidad de la jornada para adaptarla a las necesidades puntuales de la empresa
La jornada de trabajo irregular tiene su origen en el artículo 34.2 Real Decreto Legislativo 2/2015, del Estatuto de los Trabajadores, cuanto plantea la posibilidad de este tipo de variación en el desarrollo del horario de trabajo, bien por decisión unilateral de la empresa, o mediante negociación los representantes de los trabajadores. A continuación se presenta un desarrollo pormenorizado de esta forma de organizar el trabajo:
Cuando la jornada del trabajador se realiza entre las 22:00 y las 06:00 horas
Tiene la consideración de trabajo nocturno el que se realiza entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana, tal como se indica en el artículo 36 del Real Decreto Legislativo 2/2015 del Estatuto de los Trabajadores, es decir, para que se considere jornada laboral nocturna debe desarrollarse entre las 22:00 y las 06:00 horas. La jornada en este horario nocturno no podrá superar una media de 8 horas diarias, calculándose este promedio en periodos de 15 días.
Hay circunstancias en la relación laboral que dan lugar a una indemnización tanto para el trabajador como para la empresa
Cuando se piensa en una indemnización como consecuencia del contrato de trabajo, siempre viene la mente la correspondiente al despido, ya sea éste improcedente u objetivo. La realidad es que hay muchas otras circunstancias en la relación laboral que dan lugar a una indemnización, hasta un total de 13 indemnizaciones por extinción del contrato de trabajo que vienen recogidas en el Estatuto de los Trabajadores, incluidas algunas en las que es el trabajador quien debe indemnizar a la empresa para la que trabaja. A continuación se exponen las distintas situaciones en las que debe mediar este pago compensatorio entre la empresa y el trabajador o la inversa:
La falta de preaviso conlleva una indemnización por daños y perjuicios para la empresa
La posibilidad de poner fin a la relación laboral mediante la dimisión del trabajador, viene recogida en el artículo 49.1.d Real Decreto Legislativo 2/2015, del Estatuto de los Trabajadores, en el que se exponen las distintas modalidades de extinción del contrato de trabajo. En el caso particular de la dimisión presenta las siguientes peculiaridades:
Siempre se deberá realizar la formalización del trabajo a distancia por escrito
El teletrabajo, o trabajo a distancia, denominación con la que aparece en el Estatuto de los Trabajadores, se encuentra definido en su artículo 13, indicando que tendrá esta consideración la actividad que se desarrolle en el domicilio del trabajador o en el lugar que éste elija, más que en el centro de trabajo de la empresa. Es decir, no se trata de una modalidad de contrato sino de una forma realizar la prestación laboral.