Un trabajador que ha pasado varios años en excedencia forzosa, por haber sido elegido para cargo público, al finalizarse esta solicita su reincorporación a su antiguo puesto de trabajo. La empresa no accede a volverle a dar puesto alguno en su organización por lo que el trabajador inicia proceso por despido improcedente.
Solicitando una indemnización por cuarenta y cinco días por año trabajado desde que se incorporo a la empresa. Esta última se opone, al considerar que en el calculo de la indemnización no debe computarse el tiempo en excedencia.