¿Dónde debe estar el trabajador al iniciar la jornada y al finalizarla?

¿Puede la empresa elegir de forma unilateral el periodo de vacaciones de un trabajador?

Puede la empresa elegir de forma unilateral el periodo de vacaciones de un trabajadorLas vacaciones se deben disfrutar de mutuo acuerdo entre el trabajador y la empresa, como se indica en el artículo 38.2 Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, del Estatuto de los Trabajadores, dentro de un calendario de vacaciones previamente establecido por aquella, artículo 38.3 del Estatuto de los Trabajadores. Conociendo la fecha de su disfrute con una antelación mínima de dos meses.